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Tiene por objetivo propender
al mejoramiento de la calidad de vida de la población y especialmente
de los sectores sociales más vulnerables. Además, debe promover
y potenciar la participación de la comunidad organizada, en las
distintas esferas del desarrollo de la comuna, respondiendo a sus necesidades
específicas a través de la implementación de programas
y proyectos, fortaleciendo la seguridad ciudadana y promoviendo el deporte
y la recreación. Todo ello en estricto cumplimiento del Plan de
Desarrollo Comunal, la Misión Municipal y la Planificación
Estratégica.
La Dirección de Desarrollo
Comunitario tiene a su cargo las siguientes funciones:
a) Asesorar al Alcalde y
al Concejo en la formulación de los programas y proyectos necesarios
para promoción del desarrollo social y comunitario.
b) Elaborar diagnósticos
que permitan identificar, cuantificar y localizar Ios problemas socioeconómicos
que afectan a la comunidad, manteniendo registros específicos y
actualizados que desagreguen por sexo e incorporen la variable género.
c) Prestar asesoría
técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar desarrollo y
legalización, y promover su efectiva participación en el
Municipio.
d) Proponer y ejecutar, dentro
de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar
acciones relacionadas con salud pública, protección del medio
ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte
recreación, promoción del empleo, fomento productivo local
y turismo.
e) Dirigir y organizar los
distintos recursos de la Dirección en función del cumplimiento
de los objetivos municipales, evaluando permanentemente su realización.
f) Planificar, proponer y
ejecutar distintos programas sociales en función de Ias necesidades
específicas de los grupos prioritarios y vulnerables.
g) Potenciar la generación
de redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones,
sectores y vecinos en general, para constituirse en motores de su propio
desarrollo y el de la comuna favoreciendo la solución de sus problemas.
h) Coordinar a nivel intra
y extra municipal, con organismos públicos y privados, elaboración
y ejecución de programas y proyectos en torno a las áre estratégicas
de la Dirección, establecidas en el Plan de Desarrollo Comunal.
i) Gestionar recursos adicionales
al Presupuesto Municipal de modo de ampliar Ias posibilidades de intervención
social, en coordinación con la Secretaría Comunal de Planificación.
j) Supervisar y evaluar permanentemente
la gestión técnica y administrativa de los equipos responsables
de ejecutar los programas de la Dirección.
k) Integrar el Comité
del Area de Desarrollo Social, conjuntamente con el Dirección de
Servicios Incorporados, la Secretaría Comunal de Planificación
y Administrador Municipal, además de los funcionarios que designe
el Alcalde.
l) Orientar el quehacer de
la Dirección en función del Plan de Desarrollo Comunal, la
Misión Municipal y la Planificación Estratégica.
m) Cumplir otras funciones
que el Alcalde le asigne, de acuerdo con la legislación vigente
y que no sea de aquellas que la Ley asigne a otras unidades.
Las unidades dependientes
de la Dirección de Desarrollo Comunitario son las siguientes:
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