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ENTRE LA PROVINCIA DE VALDIVIA Y LA REGIÓN DE LOMBARDÍA |
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| La Provincia de Valdivia,
representada por el Embajador de la República de Chile en Italia,
Doctor Alvaro Briones, y la Región de Lombardía, representada
por su Presidente, Doctor Roberto Formogoni, de ahora en adelante denominadas
“las Partes”.
Vistos y considerando que ambas Partes están interesadas en establecer vínculos de amistad y en Incrementar el conocimiento entre sus respectivos pueblos, con el objeto de fomentar las relaciones y favorecer el desarrollo de distintas formas de colaboración social, comercial y cultural; Habiendo evaluado las rozones que acercan a ambas comunidades, ya sea en virtud de las características físicas y geográficas de sus respectivos territorios, que se caracterizan por la existencia de ambientes lacustres y montañeses particularmente semejantes, ya sea a raíz de los vínculos históricos y culturales existentes entre las regiones del Sur de Chile y de Lombardía y las zonas que circundan a esta última; Visto y considerando la voluntad común que manifiestan las autoridades gubernamentales que se proponen dar vida a formas concretas de colaboración, incluso a través de la participación de agentes sociales que viven y trabajan en sus respectivos territorios, en pos de una política de paz, de colaboración y de desarrollo entre los pueblos. Observando los principios
que reglamentan las relaciones internacionales,
ACUERDAN Y ESTABLECEN LO SIGUIENTE: Art. 1.-
Art. 2.-
Art. 3.-
Dictar cursos de formación ad hoc y programas de intercambio cultural para jóvenes, en el sector turístico, comercial, agro-alimentario, de la cría de ganado, de la defensa del medio ambiente, de la elaboración de la madera, del desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y, más en general, en los sectores científicos y tecnológicos, culturales y sociales, idóneos para concretar los objetivos del presente Protocolo; Favorecer la organización y el intercambio de misiones de empresarios de pequeñas y medianas empresas, con el objeto de concretar joint ventures y de crear y ampliar acuerdos comerciales y de desarrollo entre empresas, incluso a través de la creación de acontecimientos culturales o de otro tipo y/o de iniciativas piloto; Fomentar y favorecer de manera organizada el diálogo y el conocimiento recíprocos entre ambos pueblos, a través de iniciativas ad hoc, tendientes a valorizar el patrimonio cultural, histórico, artístico y de las tradiciones populares; Favorecer cualquier otro tipo de acción y forma de operación, que las Partes aprobaren, con el objeto de facilitar y utilizar las formas de cooperación. Art. 4.-
Art. 5.-
Art. 6.-
Hecho en Milano el 29.05.1998. En dos originales, una para
cada idioma, siendo los dos textos igualmente auténticos.
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