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DE PERSONAL |
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4. De los afiliados: Podrán afiliarse al Servido de Bienestar de la I. Municipalidad de Valdivia, todos los funcionarios afectos a la Ley 19754 , señalados en su articulo 1°: "... funcionarios de planta y a contrata, al personal afecto a la ley 15.076, y a los regidos por e! Código del Trabajo , por la ley 19.070 o por la ley 19.378, con desempeño permanente en la unidad municipal de servicios de salud, educación y demás incorporados a la gestión municipal, y a aquellos que han jubilado en dichas calidades. El personal que se desempeña en los establecimientos municipales de los servicios traspasados de salud y educación no estará afecto al sistema que crea la presente ley.-"
a) Bonificaciones médicas b) Bonificaciones sociales c) Asignaciones de escolaridad d) Bonificaciones de compensación social e) Préstamos médicos. f) Préstamos de auxilio o asistenciales. g) Préstamos de emergencia. h) Préstamos habitacionales i) Convenios médicos y comerciales j) Celebración de Navidad para los hijos de socios hasta 12 años de edad. k) Programa de salud preventivo L) Cursos de capacitación dirigido a los socios y grupo familiar m) Asistencia Social a los socios. |
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© Ilustre
Municipalidad de Valdivia. 2002
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