Dirección de Gestión de Riesgos de Desastres

Ley 21.364 modifica la Ley 18.695 artículo 4 letra i, donde se definía que el municipio auxiliaba en situaciones de emergencia comunal y se modifica por el Sistema de Gestión de Riesgos de Desastres en la comuna, la que comprende acciones relativas a las fases de mitigación y preparación de estos eventos, así como las acciones vinculadas a las fases de respuesta y recuperación frente a emergencias.

Funciones de la Dirección y de los Departamentos asociados al cumplimiento de la nueva normativa:

  • “Prestar apoyo al alcalde en todas las materias referentes al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres”. 
  • “Elaborar el Plan Comunal para la Reducción del Riesgo de Desastres y el Plan Comunal de Emergencia, en conformidad con lo dispuesto en la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres y su reglamento”.
  • “Confeccionar los informes en aquellas materias de su competencia, referidas a los artículos 28 y 32 de la ley indicada en la letra anterior, cuando las unidades señaladas en dichos artículos soliciten su pronunciamiento”.
  • “Aportar al funcionario que designe el director regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, la información referente a su comuna para la elaboración del mapa de riesgo que contempla la ley que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres”.
  • “Coordinar con la Dirección Regional del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, y con los organismos o entidades públicas correspondientes, en el marco de sus competencias, las acciones en materia de Gestión del Riesgo de Desastres en su comuna.”.
  • Comunicar, informar y capacitar a la comunidad, en conjunto con las organizaciones pertenecientes al sistema de protección civil, sobre temas de prevención del Riesgo ante desastres.
  • Mantener actualizadas las directivas y procedimientos de administración que propendan a fomentar una cultura de prevención de riesgos insipientes.
  • Cumplir con las demás funciones que la Alcaldesa o Alcalde le asigne de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, que estén dentro del marco legal y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.

 

La Dirección de Gestión de Riesgos de Desastres cuenta con el Departamento de Emergencias y Departamento de Planificación.

 

La Dirección de Gestión de Riesgos de Desastres se encuentra ubicada en Caupolicán #139.


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